viernes, 31 de agosto de 2012
El Rey y los empresarios españoles temen el ‘efecto’ Sánchez Gordillo
El Rey Juan Carlos se reunió este miércoles con los grandes
empresarios españoles en la sede de Telefónica en Madrid.
Durante el encuentro, los empresarios y el Rey apoyaron las
políticas impuestas por el Gobierno de Mariano Rajoy, en especial el rescate
con dinero público de la banca privada y los drásticos recortes sociales en
sectores claves como la Educación o la Sanidad, algo que ellos catalogaron como
“reformas estructurales”.
El pasado mes de marzo, el Rey ya participó en una de las
reuniones de los empresarios, que reúnen compañías como El Corte Inglés, Banco
Santander, Repsol, Acciona, La Caixa, BBVA, Inditex, Grupo Planeta, Mapfre,
ACS, Ferrovial, Mercadona, Iberdrola, Mango, Grupo Barceló y Havas Media Group.
En el transcurso de la reunión, tanto los empresarios como
el monarca, mostraron su preocupación por el creciente protagonismo que está
adquiriendo el sindicalista, profesor y Alcalde de Marinaleda, Juan Manuel
Sánchez Gordillo, quien junto a otros miembros del Sindicato Andaluz de
Trabajadores (SAT), lideró el pasado 8 de agosto acciones en supermercados con
el objetivo de expropiar alimentos básicos para ser entregados a familias
necesitadas.
La élite empresarial y la monarquía dijeron temer que este
hecho sea imitado y se desate una oleada de acciones reivindicativas en el
país.
De hecho, el pasado 24 de agosto, medio centenar de personas
realizó una acción similar en un supermercado de Mérida (Extremadura), con la
intención de sacar cuatro carros de comida con alimentos como aceite, azúcar,
arroz, pasta, leche y legumbres para ser repartidos entre la población.
Finalmente la policía lo impidió.
El 16 de agosto, el propio Sánchez Gordillo, junto a otros
dirigentes sindicales como Diego Cañamero y miembros del SAT, iniciaron una
marcha obrera por distintas ciudades de Andalucía para mostrar su rechazo a las
políticas capitalistas impuestas por el Gobierno de Rajoy. Durante el
recorrido, se están uniendo ciudadanos de la ciudad y el campo y se están
llevando a cabo acciones de protesta como la toma de un banco en Mancha Real o
la ocupación del Palacio de Moratalla, en Córdoba.
Fuente: http://www.librered.net/?p=20640
Fuente: http://www.librered.net/?p=20640
miércoles, 29 de agosto de 2012
En memoria de Rachel Corrie
martes, 28 de agosto de 2012
La 'víctima' sexual de Assange sonríe en una foto con él después del 'incidente'
La foto en un restaurante con amigos podría ayudar a Assange
a demostrar la falta de fundamento de la acusación
El periódico británico The Mail on Sunday publica una foto
que podría ser utilizada por la defensa de Julian Assange si se abre un proceso
legal contra él por supuestos delitos sexuales en Suecia. La fotografía, del 15
de agosto de 2010, llamó la atención de los medios ya que muestra a Julian
Assange junto con una de las dos mujeres que aseguran ser víctimas de su acoso
sexual. El rostro de la mujer fue borrado de la imagen por motivos de
seguridad. “Aunque se la ve radiante, posteriormente diría a la Policía que 48
horas antes de que fuera sacada la foto, el fundador de WikiLeaks la había
agredido sexualmente”, escribe The Mail on Sunday. La fotografía fue
sacada durante una cena de negocios en la que Assange discutió formas de
colaboración con el fundador del Partido Pirata sueco, Rickard
Falkvinge, y su colega Anna Troberg (también presentes en la foto).
Cuando se presentaron las denuncias contra Assange, tanto Falkvinge como
Troberg defendieron al fundador de WikiLeaks porque el comportamiento de la ‘mujer
A’ en ninguna ocasión los hizo sospechar algo tan grave como un acoso
sexual. “Ustedes pueden ver hechos objetivos y sacar sus conclusiones: el
hecho es que estamos en una cena con personas apasionadas, buena comida y
bebidas”, según Falkvinge, citado por The Mail on Sunday. Recientemente un
destacado parlamentario británico también defendió a Assange asegurando que con
la ‘mujer A’ mantuvo relaciones sexuales con consentimiento. “Probablemente se
trata solo de malos modales sexuales”, según el político. Actualmente
Assange se encuentra refugiado en la Embajada de Ecuador en Londres.
Consiguió recibir asilo político en ese país latinoamericano
intentando evitar su extradición a Suecia, que a su vez podría
desembocar en otra a EE.UU., donde cree que puede ser perseguido por la
publicación de cables diplomáticos a través de WikiLeaks.
Enlace: Actualidad RT
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domingo, 26 de agosto de 2012
El camino de la resistencia
En esta entrevista, Salvador López Arnal reflexiona sobre los recortes, la desinformación articulada desde los medios de comunicación y la reacción de la sociedad
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viernes, 24 de agosto de 2012
Noam Chomsky sobre el asilo político de Assange y la libertad de expresión
El Mirador Político. Por José María León
Cuando el miércoles 15 de agosto de este año resultaba inminente que Julian Assange obtendría el asilo político que había solicitado, de parte del gobierno del Ecuador, le escribí al profesor Noam Chomsky, uno de los pensadores más importantes de la actualidad para que me respondiese unas preguntas sobre el asilo, la geopolítica que rodea este caso y la libertad de expresión.
Cuando el miércoles 15 de agosto de este año resultaba inminente que Julian Assange obtendría el asilo político que había solicitado, de parte del gobierno del Ecuador, le escribí al profesor Noam Chomsky, uno de los pensadores más importantes de la actualidad para que me respondiese unas preguntas sobre el asilo, la geopolítica que rodea este caso y la libertad de expresión.
Hace varios meses había mantenido una breve correspondencia
con el profesor Chomsky, que aún no había podido materializar en una entrevista
para GkillCity. Sin embargo, cruzamos un par de correos electrónicos y, aunque
me advirtió que tenía una cola de solicitudes de entrevistas que suele
programar para meses después, iba a hacer lo posible por responderlas.
El domingo 19, recibí un correo electrónico a las 10:08 de
la mañana, con una breve introducción de Chomsky, el lingüista y filósofo
norteamericano, quien devolvía el cuestionario contestado. A continuación una
traducción de su contestación, acá les dejo las respuestas originales en
inglés.
Profesor Chomsky, sabemos que está abrumado con peticiones de entrevistas, así que queremos agradecerle esta oportunidad. Queremos conocer sus impresiones sobre el último affair diplomático que ha puesto al Ecuador en el centro de la atención internacional: el asilo político a Julian Assange.
1. El gobierno de los Estados Unidos ha emitido una
declaración en la cual expresa que este es un problema entre los británicos,
los ecuatorianos y los suecos. ¿Cree que es un argumento honesto? ¿Realmente
están los Estados Unidos interesados en el destino de Julian Assange?
La afirmación no puede ser tomada en serio, sencillamente.
La sombra que acecha sobre todo este asunto es la expectativa de que Suecia
envíe de forma rápida a Assange a los Estados Unidos, donde las oportunidades
de que reciba un juicio justo son, virtualmente, cero. Eso se evidencia por el
trato brutal e ilegal a Bradley Manning y la histeria generalizada del gobierno
y los medios sobre Assange. Más allá de esto, para aquellos que creen que los
ciudadanos tienen el derecho a saber qué es lo que su gobierno planea y hace
–esto es, quienes tienen un persistente afecto por la democracia– Assange no
debería enfrentar un proceso judicial sino, por el contrario, ser condecorado
con una medalla al honor.
2. En una entrevista con Amy Goodman, de Demcoracy Now!
usted afirmó que la mayor razón para los secretos gubernamentales es proteger a
esos mismos gobiernos de su gente ¿Por primera vez en la historia el mundo está
viendo la verdadera cara de la diplomacia?
Cualquiera que estudie documentos desclasificados pronto
advierte que el secretismo gubernamental es un esfuerzo para proteger a los
hacedores de políticas públicas del escrutinio ciudadano, no para proteger el
país de enemigos. Sin duda, ese secretismo es a veces justificado, pero es algo
raro, y en el caso de las filtraciones hechas por Wikileaks, no he visto un
solo ejemplo que así lo hubiese ameritado.
Sin embargo, esta no es -de ninguna manera- la primera vez
que documentos filtrados han expuesto la “verdadera cara de la diplomacia”. Los
Papeles del Pentágono es un caso famoso pero la verdad es que este es un asunto
constante. Los registros expuestos, inclusive los documentos desclasificados
oficialmente, son por lo general bastante impresionantes; aunque es muy raro
que esta información sea conocida por el público en general e, inclusive, por
la mayoría de la academia.
3. En el asunto específico del asilo otorgado por el Ecuador
a Assange, se ha argumentado que el gobierno ecuatoriano ha mostrado ambigüedad
hacia la libertad de prensa: por un lado mantienen un constante confrontación
retórica (que ha sido llevada a las cortes, como los casos de Diario El
Universo y los periodistas Juan Carlos Calderón y Christian Zurita, autores del
libro Gran Hermano) y por la otra, le otorgan el asilo a Assange ¿Ve usted
también la contradicción en esto? ¿O tiene una lectura diferente?
Personalmente, pienso que solo en extremas circunstancias
debe ser utilizado el poder estatal para restringir la libertad de prensa, sin
importar cuan desgraciado y corrupto sea el comportamiento de los medios. Y sin
duda ha habido muchos abusos severos –por ejemplo, hubo un escándalo
internacional hace unos años cuando las leyes británicas sobre calumnias fueron
utilizadas por una gran corporación mediática para destruir a un pequeño diario
disidente por publicar una crítica a una noticia publicada por la gran
corporación-. Eso no generó, virtualmente, ninguna crítica. El caso ecuatoriano
debe ser examinado individualmente, pero más allá de cualquier conclusión, no
tiene porqué pesar en el otorgamiento del asilo a Assange, así como la
vergonzosa supresión de la libertad de expresión en el caso británico que mencioné
no tendría porqué pesar si Inglaterra otorgase asilo a alguien que justamente
tema ser perseguido. Y nadie diría lo contrario en casos de cualquier Estado
occidental poderoso.
4. Ya que estamos hablando de ambigüedad, ¿hay un doble
estándar en la aplicación de la ley por parte de los británicos, ya que en el
caso Pinochet la extradición solicitada por Baltazar Garzón fue rechazada?
El estándar gobernante es la subordinación a los intereses
del poder. Rara vez hay una desviación.
5. ¿Cuál es, en su opinión, el futuro inmediato del caso
Assange? ¿Va la policía británica a asaltar la Embajada ecuatoriana? ¿Podrá
Assange salir del Reino Unido y, después de ello, permanecer fuera de todo
riesgo incluso llegando al Ecuador?
Virtualmente, no hay ninguna posibilidad de que Assange
pueda salir del Reino Unido, ni de la Embajada de Ecuador. Dudo mucho de que
Inglaterra vaya a asaltar la Embajada, que sería una violación radical del
Derecho Internacional, pero tampoco creo que esa opción deba ser descartada. Vale
la pena recordar, por ejemplo, el asalto contra la Embajada del Vaticano hecha
por fuerzas estadounidenses después de invadir Panamá, en 1989. Las grandes
potencias se consideran a sí mismas inmunes al Derecho Internacional y las
clases educadas por lo general protegen esa postura. Mi previsión es que los
británicos esperarán hasta que Assange no tolere más estar confinado a un
pequeño cuarto en la Embajada (que de hecho es un departamento de tamaño
modesto).
6. En un aspecto más amplio, y para terminar esta
entrevista, Slavoj Zizek dijo que no estamos destruyendo el capitalismo, sino
atestiguando cómo el sistema se destruye a sí mismo ¿Son los movimientos
Occupy, las crisis financiera en Europa y Estados Unidos, el surgimiento de
Latino América y otras regiones antes reputadas marginales y el caso Wikileaks
signos del derrumbe del sistema capitalista?
Lejos de eso. La crisis financiera en Europa podría ser
resuelta, pero está siendo utilizada de palanca para socavar el contrato social
europeo; es, básicamente, un caso de lucha de clases. Los registros de la
Reserva Federal de los Estados Unidos lucen mejor que la de su par europeo,
pero es aún demasiado limitada, y hay otras medidas que podrían adoptarse para
paliar la crisis en Estados Unidos, que es una crisis de desempleo,
principalmente. Para la población en general, el desempleo es la mayor
preocupación pero las instituciones financieras, que tienen una posición
dominante en la economía y el sistema político, están más interesadas en
recortar el déficit y sus intereses prevalecen. En general, hay una brecha
gigante entre el interés público y las políticas públicas. Este es un solo
caso. El surgimiento de América Latina es un fenómeno con significado
histórico, pero está lejos de remover el sistema de estado capitalista. Y
mientras Wikileaks y los movimientos Occupy son irritantes para los poderosos
–y una gran ayuda para el público– no son una amenaza para los poderes fácticos
dominantes.
Muchas gracias, profesor Chomsky, por su tiempo y
respuestas. Esperamos verlo pronto por el Ecuador.
Había planeado una visita hace algunos años,
pero una emergencia me impidió hacerla. Espero poder concretar una más pronto
que tarde.Fuente: Sanborondon
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jueves, 23 de agosto de 2012
Brasil: Detectan otros 30 talleres con trabajador@s esclav@s de la firma textil Zara
Por José L. Lobo
“ Si Inditex es capaz de
controlar la calidad de sus productos durante todo el proceso de producción,
¿por qué no hace lo mismo con la mano de obra que emplea?"
No se trata de un caso aislado. Los dos talleres de Sao
Paulo en los que inmigrantes ilegales fabricaban ropa para la conocida empresa
textil española, Zara, en condiciones que rozaban la esclavitud son sólo la
punta del iceberg.
En el Ministerio de Trabajo de brasileño aseguran que al
menos en otros 33 talleres subcontratados por la firma gallega se habrían
detectado las mismas irregularidades: hacinamiento, condiciones insalubres de
trabajo y salarios de miseria. Pero la multinacional Inditex, propietaria de
Zara, insiste en que se trata de una “situación excepcional”, según señaló ayer
a El Confidencial un portavoz oficial del grupo textil fundado por Amancio Ortega.
Según reveló ayer [por el lunes] la auditora fiscal del
Ministerio de Trabajo Juliana Cassiano al diario O Globo, el de mayor
tirada del país, la mayoría de los 15 inmigrantes bolivianos y peruanos
liberados en los dos talleres de Sao Paulo no tenían documentos, habían sido
introducidos clandestinamente en Brasil por redes de tráfico de seres humanos,
con falsas promesas de grandes sueldos, y trabajaban en unas condiciones
“terribles”.
Su jornada laboral era de hasta 16 horas diarias, hacinados
con cinco menores de edad en un espacio minúsculo que servía a la vez de taller
y vivienda, con un solo cuarto de baño sucio y sin agua caliente, “y todo para
ganar 200 o 300 reales [entre 90 y 130 euros] y estar endeudados con las
mafias. La situación era muy, muy grave”.
Inditex volvió ayer a responsabilizar a la firma AHA, uno de
sus más de 50 proveedores en Brasil, de haber subcontratado de forma “no
autorizada” la fabricación de prendas de Zara en los dos talleres textiles
clandestinos descubiertos por las autoridades de aquel país. Pero los
inspectores del ministerio rechazan los argumentos de la multinacional de
Arteixo (A Coruña). “Si nosotros podemos rastrear la cadena de producción,
Inditex también puede hacerlo”, sostiene Cassiano. “Y si Inditex es capaz de
controlar la calidad de sus productos durante todo el proceso de producción,
¿por qué no hace lo mismo con la mano de obra que emplea?”.
Segunda operación desde mayo
El pasado mes de mayo, una operación similar a la desplegada
en Sao Paulo permitió desmantelar varios talleres clandestinos en la ciudad de
Americana, en el interior de la región paulista. En aquella ocasión fueron
liberados 52 trabajadores, casi todos de nacionalidad boliviana, que estaban
siendo explotados y sometidos a unas condiciones laborales degradantes.
Según fuentes de la cadena de televisión Band -la
segunda de Brasil, cuyos reporteros destaparon las irregularidades cometidas
por Zara en Sao Paulo-, la mayoría de los 52 trabajadores esclavos liberados
también elaboraba prendas de ropa para la firma de moda española.
El portavoz de Inditex aseguró que “la seriedad de esta
compañía es modélica” (sic), y señaló que el grupo textil realiza anualmente
más de un millar de auditorías a proveedores de sus marcas en todo el mundo
para asegurarse de que cumplen su código de conducta.
“Estamos colaborando con las autoridades brasileñas para
revisar los sistemas de producción de nuestros proveedores y evitar que casos
como el de Sao Paulo vuelvan a producirse”. El representante de la multinacional
gallega eludió comentar, sin embargo, la denuncia del Ministerio de Trabajo
sobre la existencia de al menos otros 30 talleres clandestinos ligados a Zara.
FUENTE: lahaine.org
miércoles, 22 de agosto de 2012
Video de un israelí contra la guerra: "We love you"
NO A LA GUERRA! NO MAS SANGRE POR PETROLEO!
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sábado, 18 de agosto de 2012
¿Hacia el estallido social en España?
Según demuestra el autor de este artículo, Germán Gorraiz,
todos los datos indican que en España se va a producir un estallido social. Se
están dando ya todas las condiciones de deterioro social necesarias y
suficientes para que se produzca esa explosión: altísimo paro juvenil,
precariedad laboral en ascenso, falta de mínimos personales vitales en nuevos
sectores sociales…
El Plan Prepara incluye
los 400 euros de subvención durante seis meses a los parados que han agotado
completamente el subsidio y se prorroga semestralmente desde que fue instaurado
por Zapatero en el 2011 y la decisión del Gobierno de
prorrogarla debido a la presión social será un parche
temporal para evitar el estallido social que se avecina en un futuro mediato.
Así,el número de hogares con todos sus
miembros en paro se ha elevado hasta niveles insoportables y cada vez son más
los parados de larga duración que pierden todo tipo de subsidio(según UGT, 1.800.000
desempleados no perciben ningún tipo de prestación y la tasa de cobertura
está disminuyendo cerca de 15 puntos en dos años).
Según el economista.es, el
coste semestral de dicho Plan ha ascendido a 525 millones y se han
beneficiado más de medio millón de parados aunque de prorrogarse la ayuda,
Hacienda tendría que hacer una ampliación de crédito sobre la partida de este
ejercicio y habilitar los Presupuestos del próximo, en función de la vigencia.
La Renta Mínima de Inserción (RMI) es
una ayuda pública para personas que no tienen recursos suficientes para atender
las necesidades más básicas de la vida y que por lo tanto se encuentran en
situación de riesgo y junto con el papel de la solidaridad familiar
y de organizaciones no gubernamentales como Cáritas serían el último
salvavidas de los futuros restos del naufragio económico español.
El colchón de la economía
sumergida:Según un informe elaborado por el instituto Tax Research ,( que
intenta cuantificar la economía sumergida y los ingresos que pierden los
Estados por culpa del fraude fiscal) , la economía sumergida en España
representa el 22,5% del PIB nacional .
Si este montante de dinero tributara, el
Estado podría recaudar 72.709 millones de eurosanuales, con lo
que España sería capaz de absorber su deuda pública en 8 años, según
los autores del informe “Closing The European Tax Gap” encargado
por el Grupo de los Socialistas y Demócratas en el Parlamento Europe para
analizar la economía sumergida en cada uno de los países de la Unión Europea.
Así, el contrabando de tabaco se ha triplicado
desde 2010 y representa más del 15% del mercado, según un estudio de la
tabacalera Japan Tobacco Interantional que publica
eleconomista.es y según Aduanas y del Comisionado del Mercado de Tabacos, dicho
contrabando equivale a un fraude fiscal de entre 500 y 600 millones de
euros al año, en un sector que mueve anualmente unos 12.000 millones .
Además,según indicaron a Europa Press en
fuentes del sector, los cigarrillos podrían subir de precio entre 30 y 45
céntimos por cajetilla debido al incremento del tipo general del IVA del
18% al 21% a a partir del 1 de Septiembre, de lo que se infiere que dicha
subida coadyuvará al incremento del contrabando y de la economía sumergida.
Según FUNCAS, hasta 1984 trabajaron
en la economía sumergida 1,4 millones de personas, pero entre 2006 y
2010 la cifra se disparó a 5 millones de personas, siendo en definitiva el
colchón que hasta ahora ha amortiguado el estallido social que se avecina en un
futuro mediato.
Desafección política: Según laverdad.es,
el barómetro del CIS correspondiente al mes de junio colocaba al paro
y a los problemas económicos como los principales problemas de España y en
tercer lugar se situaba la clase política y los partidos, lo que refleja
el descrédito de una clase política que salvo contadas excepciones, se habría
convertido en una camarilla clientelista equivalente a un miniestado dentro del
Estado y únicamente preocupados por mantener sus prebendas corporativistas, por
lo que en palabras de Santiago Carrillo “la clase política que
padecemos está llamando a un nuevo dictador”.
¿Hacia la desobediencia civil?: Según aparece
en Globatium.com, Letras de Aragor llama a la “ movilización
ciudadana a partir de la cual se inicie el proceso de cambio en el que se deje
atrás el régimen vigente y se sienten las bases para una verdadera democracia” y
según sus palabras "el próximo 25 de septiembre se llegará a Madrid
de forma masiva desde todas partes de España con el fin de rodear el Congreso
de los Diputados y permanecer allí de forma indefinida, hasta conseguir la
disolución de las Cortes y la apertura de un proceso constituyente para la
redacción de una nueva constitución, propia de un estado democrático".
¿Una Generalitat insumisa?: Según elperiodico.com, el portavoz del Govern, Francesc
Homs, ha reiterado la proximidad del Ejecutivo catalán a los
argumentos de la campaña “novullpagar “que proclama la insumisión a
la hora de pagar los peajes de las autopistas que dependen del Estado (
incremento del 7,5 % en julio) , pues considera que dicha subida “es una
ofensiva del Gobierno Central contra el Pacto Fiscal”.
Los nuevos “Robin Hood”: El diputado de IU,
alcalde de Marinaleda, miembro del CUT y del Sindicato Andaluz de
Trabajadores, Juan Manuel Sánchez Gordillo, habría sido citado por la
Justicia para declarar sobre el asalto por parte de miembros del SAT a
dos supermercados en Écija (Sevilla) y Arcos de la Frontera
(Cádiz), acción mediática que sería en realidad un toque de atención para
que la sociedad se conciencie de que un importante sector social desprovisto de
ayuda pasa hambre (más de 30.000 familias en España) , de lo que se
deduce que el contrato social habría saltado hecho añicos.
¿Riesgo de estallido social?: Según José
Miguel de Elías, director adjunto de la empresa de investigación de
mercados y opinión pública Sigma 2, "la ciudadanía sabe que las
élites políticas y financieras provocaron la crisis, fueron los beneficiarios
de ella, son cómplices en su desarrollo y encubrimiento, y ahora tratan de
eludir responsabilidades".
Recordar que el salario mínimo de un trabajador
se sitúa en 642 €/mes y el de un diputado o senador con dietas y
otras prebendas podría llegar a los 6.500 Euros-mes y que según un
estudio de la consultora de recursos humanos ICSA y el portal Laboris.net, los
directivos españoles ganarían de media, 173.000 euros brutos anuales y
el 10% de los directores generales mejor pagados de las grandes empresas más de 235.000
euros brutos.
En estas circunstancias, De Elías presagia
un estallido social, pues “en España se darían ya todas las
condiciones de grave deterioro social, necesarias y suficientes para el
estallido social: altísimo paro juvenil y de larga duración, población
inmigrante en paro y/o exclusión social creciente, marginación ascendente,
exclusión en alza, precariedad laboral en ascenso, falta de mínimos personales
vitales en nuevos sectores sociales,de lo que sería paradigma una
población 'carencial' de más de un tercio de la ciudadanía”.
Fuente: Canarias Semanal
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viernes, 17 de agosto de 2012
Una de las muchas cosas que no te contarán de Venezuela
Por Igor Urrutikoetxea
No son nuevas las campañas mediáticas de desprestigio acerca de la República Bolivariana de Venezuela. Campañas más o menos burdas, pero basadas en la ocultación de los logros habidos en Venezuela en los últimos años. Igor Urrutikoetxea cita varios de ellos y posteriormente se centra en la nueva Ley Orgánica de Trabajo, la cual «demuestra que se puede legislar para la mayoría social trabajadora de un país al margen de los dictados del FMI, del BM y de otros piratas encorbatados».
Uno de esos países sobre los que los grandes medios de comunicación del Estado español desinforman (por tanto, mienten) cada vez que hablan es la República Bolivariana de Venezuela. Los logros obtenidos en el periodo de gobierno de Hugo Chávez en estos 13 años, desde el punto de vista político, económico, social, cultural y laboral son inmensos, numerosos e indiscutibles. Así, cabe destacar la eliminación del analfabetismo, el descenso del nivel de pobreza, el acceso al sistema público y universal, al sistema de salud primaria por la mayoría de las y los venezolanos con la Misión Barrio Adentro, el establecimiento del salario mínimo más alto de Latinoamérica, la reducción en 10 puntos del desempleo, y el impulso a la democracia participativa mediante la Ley de Consejos Comunales aprobada en 2006. Por eso, no es casualidad que Chávez sea el dirigente de un Estado que a nivel mundial más elecciones ha ganado en tan breve periodo de tiempo. Evidentemente, no todo ha sido perfecto y también ha habido dificultades y errores, pero la valoración general de las políticas realizadas por los diferentes gobiernos de Hugo Chávez es sumamente positiva.
Pero el objetivo de este artículo es centrarnos en otro gran logro del Gobierno Bolivariano de Venezuela: La nueva Ley Orgánica del Trabajo. Esta ley está elaborada de forma concienzuda y con un objetivo muy claro, ya que demuestra que se puede legislar para la mayoría social trabajadora de un país al margen de los dictados del FMI, del BM y de otros piratas encorbatados.
Nada es casual en esta LOTTT: ni su título (Ley Orgánica del Trabajo, las trabajadoras y los trabajadores -LOTTT-), ni el hecho de que fuese firmada por Hugo Chávez el 1 de mayo (aunque entró en vigor el 7 de mayo), ni que sea la síntesis de un total de 19.000 propuestas que llegaron de todo el país, después de un amplio debate en los centros de trabajo, en los consejos comunales y en diferentes ámbitos de la sociedad.
Su artículo 1 toma ya partido por la defensa de la clase trabajadora al señalar que «esta Ley tiene por objeto proteger al trabajo como hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores y de las trabajadoras (…)». Dice igualmente que «el trabajo es un hecho social y goza de protección fundamental para alcanzar los fines del Estado, la satisfacción de las necesidades materiales morales e intelectuales del pueblo y la justa distribución de la riqueza» (art. 18), así como que «el proceso social de trabajo tiene como objetivo esencial, superar las formas de explotación capitalista» (art.25). Se reafirman como principios básicos la «justicia social y la solidaridad» y «la justa distribución de la riqueza».
Se consagra, además, el derecho al trabajo y el deber de trabajar de las personas de acuerdo a sus capacidades y aptitudes, lo cual incluye expresamente a las personas con algún tipo de discapadidad.
Como toda ley, a la hora de valorar si supone una mejora hay que compararla con la anterior Ley del Trabajo de Venezuela, y es ahí donde vemos las ventajas que supone esta LOTTT. Así, por ejemplo, la jornada de trabajo, que en la anterior Ley se establecía en 44 horas semanales, pasa ahora a 40 horas semanales, pero en el caso de la jornada nocturna se mantiene el tope en 35 horas semanales, establecido por la Constitución venezolana de 1999. Se establece un permiso pre y posnatal que llega a las 26 semanas (seis meses) y la licencia de paternidad será de 14 días, además de establecer la inamovilidad permanente de los padres en sus puestos de trabajo cuando tengan algún hijo con discapacidad. Todos estos puntos, y muchos más, mejoran sustancialmente la Ley precedente.
Pero la LOTTT es más garantista en muchos aspectos que las propias recomendaciones de la OIT, y establece cláusulas mucho más progresistas que otros códigos laborales, incluso europeos. Así, se prohíbe la tercerización o subcontratación (arts. 47 y 48), se establece que en caso de despidos injustificados (es decir, improcedentes), estos devienen nulos, debiendo la empresa readmitir al trabajador o trabajadora (art. 89). Se igualan los derechos de las trabajadoras y los trabajadores del hogar con los del resto de trabajadores y trabajadoras. Las reclamaciones por prestaciones sociales que puede realizar un trabajador o trabajadora tienen un plazo de prescripción de 10 años y las salariales un plazo de cinco años.
El artículo 14 incorpora como oficiales los idiomas indígenas a la relación de trabajo y se establece la obligación por parte de la empresa de comunicar en dichos idiomas toda clase de disposiciones a los trabajadores que los hablen. Está claro que, si hay voluntad política, se puede garantizar que las lenguas minoritarias de un estado sean oficiales también en el mundo laboral.
Además, se incluye la posibilidad de detención del empresario o empresaria que desacate la sentencia de readmisión de un trabajador o trabajadora despedida injustificadamente, que viole el derecho de huelga, o que incumpla las órdenes de las autoridades administrativas del trabajo o para el empresario que cierre una empresa o centro de trabajo de forma ilegal e injustificada (arts. 538 y 539).
Una vez vistos los grandes avances que esta ley supone para la clase trabajadora venezolana (y, debido a su referencialidad, para la clase trabajadora mundial), está claro por qué los medios de comunicación al servicio (y en muchos casos, propiedad) de la patronal, de la banca y de las clases gobernantes en el Estado español y en la UE, no han informado sobre los contenidos de esta ley del Gobierno de Chávez. Supondría reconocer que Chávez gobierna para la mayoría del pueblo venezolano que lo ha elegido en reiteradas ocasiones, mientras que los gobiernos de la UE y los del Estado español, estatales y autonómicos, imponen los dictados de una minoría, de una oligarquía que solo tiene como objetivo recortar derechos laborales, sociales y sindicales. Precisamente, esos mismos derechos que desde mayo de este año están mejor protegidos en Venezuela gracias a la LOTTT aprobada por el Gobierno bolivariano de Chávez. Supondría reconocer, en definitiva, que si hay voluntad política, se pueden hacer otras políticas laborales y sociales.
El triunfo de Chávez en las próximas elecciones del 7 de octubre será un triunfo del pueblo trabajador y las clases populares venezolanas, que centenares de miles de personas trabajadoras y luchadoras en todo el mundo también celebraremos.
Igor Urrutikoetxea / Secretario de Relaciones Internacionales de LAB
Fuente: Libre Red
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Asesinato Colateral
05 de abril 2010 10:44 EST Wikileaks ha publicado un anuncio de vídeo militar de EE.UU. que muestra el asesinato indiscriminado de más de una docena de personas en el suburbio iraquí de Nuevo Bagdad - incluyendo dos miembros del personal de noticias Reuters.
Reuters ha estado tratando de obtener el video a través de la Ley de Libertad de Información, sin éxito desde el momento del ataque. El video, filmado desde un helicóptero Apache de armas a la vista, muestra claramente el asesinato no provocado de un herido empleado de Reuters y sus rescatadores. Dos niños pequeños que participan en el rescate resultaron gravemente heridos.
Declaración del Gobierno de la República del Ecuador sobre la solicitud de asilo de Julian Assange
El 19 de junio de 2012, el ciudadano de nacionalidad
australiana Julian Assange, se
presentó en el local de la Embajada del Ecuador en
Londres, a fin de solicitar la
protección diplomática del Estado ecuatoriano,
acogiéndose a las normas sobre Asilo
Diplomático vigentes. El requirente ha basado su pedido
en el temor que le produce la
eventual persecución política que podría sufrir en un
tercer Estado, el mismo que podría
valerse de su extradición al Reino de Suecia para obtener
a su vez la extradición ulterior
a aquel país.
El Gobierno del Ecuador, fiel al procedimiento del Asilo,
y atribuyendo la máxima
seriedad a este caso, ha examinado y evaluado todos los
aspectos implicados en el
mismo, particularmente los argumentos presentados por el
señor Assange para respaldar
el temor que siente ante una situación que esta persona
percibe como un peligro para su
vida, su seguridad personal y su libertad.
Es importante señalar que el señor Assange ha tomado la
decisión de solicitar el asilo y
protección del Ecuador por las acusaciones que, según
manifiesta, le han sido
formuladas por supuesto “espionaje y traición”, con lo
cual este ciudadano expone el
temor que le infunde la posibilidad de ser entregado a
las autoridades de los Estados
Unidos de América por las autoridades británicas, suecas
o australianas, pues aquel es
un país, señala el señor Assange, que lo persigue debido
a la desclasificación de
información comprometedora para el Gobierno
estadounidense. Manifiesta, asimismo,
el solicitante, que “es víctima de una persecución en
distintos países, la cual deriva no
solo de sus ideas y sus acciones, sino de su trabajo al
publicar información que
compromete a los poderosos, de publicar la verdad y, con
ello, desenmascarar la
corrupción y graves abusos a los derechos humanos de
ciudadanos alrededor del
mundo”.
Por lo tanto, para el solicitante, la imputación de
delitos de carácter político es lo que
fundamenta su pedido de asilo, pues en su criterio, se
encuentra ante una situación que
supone para él un peligro inminente que no puede
resistir. A fin de explicar el temor que
le infunde una posible persecución política, y que esta
posibilidad termine
convirtiéndose en una situación de menoscabo y violación
de sus derechos, con riesgo
para su integridad y seguridad personal, y su libertad,
el Gobierno del Ecuador
consideró lo siguiente:
1. Que Julian Assange es un profesional de la
comunicación galardonado
internacionalmente por su lucha a favor de la libertad de
expresión, la libertad de
prensa y de los derechos humanos en general;
2. Que el señor Assange compartió con el público global
información documental
privilegiada que fue generada por diversas fuentes, y que
afectó a funcionarios,
países y organizaciones;
3. Que existen serios indicios de retaliación por parte
del país o los países que
produjeron la información divulgada por el señor Assange,
represalia que puede
poner en riesgo su seguridad, integridad, e incluso su
vida;
4. Que, a pesar de las gestiones diplomáticas realizadas
por el Estado ecuatoriano,
los países de los cuales se han requerido garantías
suficientes para proteger la
seguridad y la vida del señor Assange, se han negado a
facilitarlas;
5. Que, existe la certeza de las autoridades ecuatorianas de que es factible la
5. Que, existe la certeza de las autoridades ecuatorianas de que es factible la
extradición del señor Assange a un tercer país fuera de
la Unión Europea sin las
debidas garantías para su seguridad e integridad
personal;
6. Que la evidencia jurídica muestra claramente que, de
darse una extradición a los
Estados Unidos de América, el señor Assange no tendría un
juicio justo, podría
ser juzgado por tribunales especiales o militares, y no
es inverosímil que se le
aplique un trato cruel y degradante, y se le condene a
cadena perpetua o a la
pena capital, con lo cual no serían respetados sus
derechos humanos;
7. Que, si bien el señor Assange debe responder por la
investigación abierta en
Suecia, el Ecuador está consciente que la fiscalía sueca
ha tenido una actitud
contradictoria que impidió al señor Assange el total
ejercicio del legítimo
derecho a la defensa;
8. Que el Ecuador está convencido de que se han
menoscabado los derechos
procesales del señor Assange durante dicha investigación;
9. Que el Ecuador ha constatado que el señor Assange se
encuentra sin la debida
protección y auxilio que debía recibir de parte del
Estado del cual es ciudadano;
10. Que, al tenor de varias declaraciones públicas y
comunicaciones diplomáticas
realizadas por funcionarios de Gran Bretaña, Suecia y
Estados Unidos de
América, se infiere que dichos gobiernos no respetarían
las convenciones y
tratados internacionales, y darían prioridad a leyes
internas de jerarquía
secundaria, contraviniendo normas expresas de aplicación
universal; y,
11. Que, si el señor Assange es reducido a prisión
preventiva en Suecia (tal y como
es costumbre en este país), se iniciaría una cadena de
sucesos que impediría que
se tomen medidas de protección ulterior para evitar la
posible extradición a un
tercer país.
De esta forma, el Gobierno del Ecuador considera que
estos argumentos dan sustento a
los temores de Julian Assange, en tanto este puede ser
víctima de una persecución
política, como consecuencia de su defensa decidida a
favor de la libertad de expresión y
de la libertad de prensa, así como de su posición de
repudio a los abusos en que suele
incurrir el poder en determinados países, aspectos que
hacen pensar al señor Assange
que, en cualquier momento, puede presentarse una
situación susceptible de poner en
peligro su vida, seguridad o integridad personal. Este
temor le ha conminado a ejercer
su derecho humano de buscar y recibir asilo en la
Embajada del Ecuador en el Reino
Unido.
El Artículo 41 de la Constitución de la República del
Ecuador define claramente el
derecho de asilar. En virtud de esta disposición, en el
Ecuador están plenamente
reconocidos los derechos de asilo y refugio, de acuerdo
con la ley y los instrumentos
internacionales de derechos humanos. Según dicha norma
constitucional:
“las personas que se encuentran en situación de asilo y
refugio gozarán de protección
especial que garantice el pleno ejercicio de sus
derechos. El Estado respetará y
garantizará el principio de no devolución, además de la
asistencia humanitaria y jurídica
de emergencia”.
Asimismo, el derecho de asilo se encuentra reconocido en
el Artículo 4.7 de la Ley
Orgánica del Servicio Exterior de 2006, que determina la
facultad del Ministerio de
Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador
para conocer los casos de asilo diplomático, de acuerdo con las leyes, los
tratados, el derecho y la práctica
internacional.
Cabe subrayar que nuestro país se ha destacado en los
últimos años por acoger a un gran
número de personas que han solicitado asilo territorial o
refugio, habiendo respetado
irrestrictamente el principio de no devolución y de no
discriminación, al tiempo que ha
adoptado medidas encaminadas a otorgar el estatuto de
refugiado de una manera
expedita, teniendo en cuenta las circunstancias de los
solicitantes, en su gran mayoría
colombianos que huyen del conflicto armado en su país. El
Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados ha elogiado la
política de refugio del Ecuador, y
ha resaltado el hecho significativo de que en el país no
se haya confinado en
campamentos a estas personas, sino que han sido
integradas a la sociedad, en pleno goce
de sus derechos humanos y garantías.
El Ecuador sitúa el derecho de asilo en el catálogo
universal de los derechos humanos y
cree, por tanto, que la aplicación efectiva de este
derecho requiere de la cooperación
internacional que puedan prestarse nuestros países, sin
la cual resultaría infructuoso su
enunciado, y la institución sería del todo ineficaz. Por
estos motivos, y recordando la
obligación que han asumido todos los Estados para
colaborar en la protección y
promoción de los Derechos Humanos, tal como lo dispone la
Carta de las Naciones
Unidas, invita al Gobierno británico a brindar su
contingente para alcanzar este
propósito.
Para estos efectos, el Ecuador ha podido constatar, en el
transcurso del análisis de las
instituciones jurídicas vinculadas al asilo, que a la
conformación de este derecho
concurren principios fundamentales del derecho
internacional general, los mismos que
por su importancia tienen valor y alcance universal, por
cuanto guardan consonancia
con el interés general de la comunidad internacional en
su conjunto, y cuentan con el
pleno reconocimiento por parte de todos los Estados.
Dichos principios, que se
encuentran contemplados en diversos instrumentos
internacionales, son los siguientes:
a) El asilo, en todas sus modalidades, es un derecho
humano fundamental que crea
obligaciones erga omnes, es decir, “para todos” los
Estados.
b) El asilo diplomático, el refugio (o asilo
territorial), y los derechos a no ser
extraditado, expulsado, entregado o transferido, son
derechos humanos equiparables, ya
que se basan en los mismos principios de protección
humana: no devolución y no
discriminación sin ninguna distinción de carácter
desfavorable por motivos de raza,
color, sexo, idioma, religión o creencia, opiniones
políticas o de otra índole, origen
nacional o social, fortuna, nacimiento u otra condición o
cualquier otro criterio análogo.
c) Todas estas formas de protección están regidas por los
principios pro homine (es
decir, más favorable a la persona humana), igualdad,
universalidad, indivisibilidad,
complementariedad e interdependencia.
d) La protección se produce cuando el Estado asilante, de
refugio o requerido, o la
potencia protectora, consideran que existe el riesgo o el
temor de que la persona
protegida pueda ser víctima de persecución política, o se
le imputan delitos políticos. e) Corresponde al Estado asilante calificar las
causas del asilo, y en caso de extradición,
valorar las pruebas.
f) Sin importar en cuál de sus modalidades o formas se
presente, el asilo tiene siempre
la misma causa y el mismo objeto lícitos, es decir, la
persecución política, que es su
causa lícita; y salvaguardar la vida, seguridad personal
y libertad de la persona
protegida, que es el objeto lícito.
g) El derecho de asilo es un derecho humano fundamental,
por tanto, pertenece al ius
cogens, es decir, al sistema de normas imperativas de
derecho reconocidas por la
comunidad internacional en su conjunto, que no admiten
acuerdo en contrario, siendo
nulos los tratados y disposiciones del derecho
internacional que se les opongan.
h) En los casos no previstos en el derecho vigente, la
persona humana queda bajo la
salvaguardia de los principios de humanidad y de las
exigencias de la conciencia
pública, o están bajo la protección y el imperio de los
principios del derecho de gentes
derivados de los usos establecidos, de los principios de
humanidad y de los dictados de
la conciencia pública.
i) La falta de convención internacional o de legislación
interna de los Estados no puede
alegarse legítimamente para limitar, menoscabar o denegar
el derecho al asilo.
j) Las normas y principios que rigen los derechos de
asilo, refugio, no extradición, no
entrega, no expulsión y no transferencia son
convergentes, en la medida que sea
necesario para perfeccionar la protección y dotarle de la
máxima eficiencia. En este
sentido, son complementarios el derecho internacional de
los derechos humanos, el
derecho de asilo y de los refugiados, y el derecho
humanitario.
k) Los derechos de protección de la persona humana se
basan en principios y valores
éticos universalmente admitidos y, por tanto, tienen un
carácter humanístico, social,
solidario, asistencial, pacífico y humanitario.
l) Todos los Estados tienen el deber de promover el
desarrollo progresivo del derecho
internacional de los derechos humanos mediante acciones
nacionales e internacionales
efectivas.
El Ecuador considera que el derecho aplicable al caso de
asilo del señor Julian Assange
está integrado por todo el conjunto de principios,
normas, mecanismos y procedimientos
previstos en los instrumentos internacionales de derechos
humanos (sean de carácter
regional o universal), que contemplan entre sus
disposiciones el derecho de buscar,
recibir y disfrutar del asilo por motivos políticos; las
Convenciones que regulan el
derecho de asilo y el derecho de los refugiados, y que
reconocen el derecho a no ser
entregado, devuelto, o expulsado cuando hay fundados
temores de persecución política;
las Convenciones que regulan el derecho de extradición y
que reconocen el derecho a no
ser extraditado cuando esta medida pueda encubrir
persecución política; y las
Convenciones que regulan el derecho humanitario, y que
reconocen el derecho a no ser
transferido cuando exista riesgo de persecución política.
Todas estas modalidades de
asilo y de protección internacional están justificadas
por la necesidad de proteger a esta
persona de una eventual persecución política, o de una
posible imputación de delitos
políticos y/o delitos conexos a estos últimos, lo cual, a
juicio del Ecuador, no solamente pondría en peligro al señor Assange, sino que
además representaría una grave injusticia
cometida en su contra.
Es innegable que los Estados, al haber contraído en tan
numerosos y sustantivos
instrumentos internacionales -muchos de ellos
jurídicamente vinculantes- la obligación
de brindar protección o asilo a las personas perseguidas
por motivos políticos, han
expresado su voluntad de establecer una institución
jurídica de protección de los
derechos humanos y de las libertades fundamentales,
fundada en una práctica
generalmente aceptada como derecho, lo que atribuye a dichas
obligaciones un carácter
imperativo, erga omnes que, por estar vinculadas al
respeto, protección y desarrollo
progresivo de los derechos humanos y libertades
fundamentales, forman parte del ius
cogens. Algunos de dichos instrumentos se mencionan a continuación:
a) Carta de las Naciones Unidas de 1945, Propósitos y
Principios de las Naciones
Unidas: obligación de todos los miembros de cooperar en
la promoción y protección de
los derechos humanos;
b) Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948:
derecho de buscar y
disfrutar del asilo en cualquier país, por motivos
políticos (Artículo 14);
c) Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre
de 1948: derecho de
buscar y recibir asilo, por motivos políticos (Artículo
27);
d) Convenio de Ginebra de 12 de agosto de 1949, relativo
a la Protección Debida a las
Personas Civiles en Tiempos de Guerra: en ningún caso se
puede transferir a la persona
protegida a un país donde pueda temer persecuciones a
causa de sus opiniones políticas
(Artículo 45);
e) Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de
1951, y su Protocolo de Nueva
York de 1967: prohíbe devolver o expulsar a los
refugiados a países donde su vida y
libertad peligren (Artículo. 33.1);
f) Convención sobre Asilo Diplomático de 1954: el Estado
tiene derecho de conceder
asilo y calificar la naturaleza del delito o de los
motivos de la persecución (Artículo 4);
g) Convención sobre Asilo Territorial de 1954: el Estado
tiene derecho a admitir en su
territorio a las personas que juzgue conveniente
(Artículo 1), cuando sean perseguidas
por sus creencias, opiniones o filiación política, o por
actos que puedan considerarse
delitos políticos (Artículo 2), no pudiendo el Estado
asilante devolver o expulsar al
asilado que es perseguido por motivos o delitos políticos
(Artículo 3); asimismo, la
extradición no procede cuando se trata de personas que,
según el Estado requerido, sean
perseguidas por delitos políticos, o por delitos comunes
cometidos con fines políticos,
ni cuando la extradición se solicita obedeciendo a
móviles políticos (Artículo 4);
h) Convenio Europeo de Extradición de 1957: prohíbe la
extradición si la Parte
requerida considera que el delito imputado es de carácter
político (Artículo 3.1);
i) Declaración 2312 sobre Asilo Territorial de 1967:
establece la concesión de asilo a
las personas que tengan ese derecho en virtud del
Artículo 14 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos, incluidas las personas que
luchan contra el colonialismo (Artículo 1.1). Se prohíbe la negativa de
admisión, la expulsión y
devolución a cualquier Estado donde pueda ser objeto de
persecución (Artículo 3.1);
j) Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de
1969: establece que las
normas y principios imperativos de derecho internacional
general no admiten acuerdo
en contrario, siendo nulo el tratado que al momento de su
conclusión entra en conflicto
con una de estas normas (Artículo 53), y si surge una
nueva norma perentoria de este
mismo carácter, todo tratado existente que entre en
conflicto con dicha norma es nulo y
se da por terminado (Artículo 64). En cuanto a la
aplicación de estos artículos, la
Convención autoriza a los Estados a demandar su
cumplimiento ante la Corte
Internacional de Justicia, sin que se requiera la
conformidad del Estado demandado,
aceptando la jurisdicción del tribunal (Artículo 66.b).
Los derechos humanos son
normas del ius cogens.
k) Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969:
derecho de buscar y
recibir asilo, por motivos políticos (Artículo 22.7);
l) Convenio Europeo para la Represión del Terrorismo de
1977: el Estado requerido
está facultado para negar la extradición cuando existan
el peligro de que la persona sea
perseguida o castigada por sus opiniones políticas
(Artículo 5);
m) Convención Interamericana sobre Extradición de 1981:
la extradición no es
procedente cuando el reclamado haya sido juzgado o
condenado, o vaya a ser juzgado
ante un tribunal de excepción o ad hoc en el Estado
requirente (Artículo 4.3); cuando,
con arreglo a la calificación del Estado requerido, se
trate de delitos políticos, o de
delitos conexos o de delitos comunes perseguidos con una
finalidad política; cuando, de
las circunstancias del caso, pueda inferirse que media
propósito persecutorio por
consideraciones de raza, religión o nacionalidad, o que
la situación de la persona corra
el riesgo de verse agravada por alguno de tales motivos
(Artículo 4.5). El Artículo 6
dispone, en referencia al Derecho de Asilo, que “nada de
lo dispuesto en la presente
Convención podrá ser interpretado como limitación del
derecho de asilo, cuando éste
proceda”.
n) Carta Africana de Derechos del Hombre y de los Pueblos
de 1981: derecho del
individuo perseguido a buscar y obtener asilo en otros
países (Artículo 12.3);
o) Declaración de Cartagena de 1984: reconoce el derecho
a refugiarse, a no ser
rechazado en frontera y a no ser devuelto.
p) Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión
Europea de 2000: establece el
derecho de protección diplomática y consular. Todo
ciudadano de la Unión podrá
acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no
esté representado el Estado
miembro del que sea nacional, a la protección de las
autoridades diplomáticas y
consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas
condiciones que los nacionales
de este Estado (Artículo 46).
El Gobierno del Ecuador considera importante destacar que
las normas y principios
reconocidos en los instrumentos internacionales citados,
y en otros acuerdos
multilaterales, tienen preeminencia sobre el derecho
interno de los Estados, pues dichos
tratados se basan en una normativa universalizadora
orientada por principios intangibles, de lo cual se deriva un mayor respeto,
garantía y protección de los derechos
humanos en contra de actitudes unilaterales de los mismos
Estados. Esto restaría
eficacia al derecho internacional, el cual debe más bien
ser fortalecido, de tal manera
que el respeto de los derechos fundamentales se consolide
en función de su integración
y carácter ecuménico.
Por otro lado, desde que Julian Assange solicitó asilo
político al Ecuador, se han
mantenido diálogos de alto nivel diplomático, con Reino
Unido, Suecia y Estados
Unidos.
En el trascurso de estas conversaciones, nuestro país ha
apelado a obtener de Reino
Unido las garantías más estrictas para que Julian Assange
enfrente, sin obstáculos, el
proceso jurídico abierto en Suecia. Dichas garantías incluyen
que, una vez ventiladas
sus responsabilidades legales en Suecia, no sea
extraditado a un tercer país; esto es, la
garantía de que no se aplique la figura de la
especialidad. Por desgracia, y a pesar de los
repetidos intercambios de textos, el Reino Unido en
ningún momento dio muestras de
querer alcanzar compromisos políticos, limitándose a
repetir el contenido de los textos
legales.
Los abogados de Julian Assange solicitaron a la justicia
sueca que tome las
declaraciones de Julian Assange en el local de la
Embajada de Ecuador en Londres. El
Ecuador trasladó oficialmente a las autoridades suecas su
voluntad de facilitar esta
entrevista con la intención de no interferir ni
obstaculizar el proceso jurídico que se
sigue en Suecia. Esta medida es perfecta y legalmente
posible. Suecia no lo aceptó.
Por otro lado, el Ecuador auscultó la posibilidad de que
el Gobierno sueco estableciera
garantías para que no se extraditara en secuencia a
Assange a los Estados Unidos. De
nuevo, el Gobierno sueco rechazó cualquier compromiso en
este sentido.
Finalmente, el Ecuador dirigió una comunicación al
Gobierno de Estados Unidos para
conocer oficialmente su posición sobre el caso Assange.
Las consultas se referían a lo
siguiente:
1. Si existe un proceso legal en curso o la intención de
llevar a cabo tal proceso en
contra de Julian Assange y/o los fundadores de la
organización Wikileaks;
2. En caso de ser cierto lo anterior, qué tipo de
legislación, en qué condiciones y
bajo qué penas máximas estarían sujetas tales personas;
3. Si existe la intención de solicitar la extradición de
Julian Assange a los Estados
Unidos.
La respuesta de los Estados Unidos ha consistido en que
no puede ofrecer información
al respecto del caso Assange, alegando que es un asunto
bilateral entre Ecuador y Reino
Unido.
Con estos antecedentes, el Gobierno del Ecuador, fiel a
su tradición de proteger a
quienes buscan amparo en su territorio o en los locales
de sus misiones diplomáticas, ha
decidido conceder asilo diplomático al ciudadano Julian
Assange, en base a la solicitud
presentada al señor Presidente de la República, mediante
comunicación escrita, fechada en Londres, el 19 de junio de 2012, y
complementada mediante comunicación fechada
en Londres, el 25 de junio de 2012, para lo cual el
Gobierno ecuatoriano, tras realizar
una justa y objetiva valoración de la situación expuesta
por el señor Assange,
atendiendo a sus propios dichos y argumentaciones, hace
suyos los temores del
recurrente, y asume que existen indicios que permiten
presumir que puede haber
persecución política, o podría producirse tal persecución
si no se toman las medidas
oportunas y necesarias para evitarla.
El Gobierno del Ecuador tiene la certeza de que el
Gobierno Británico sabrá valorar la
justicia y rectitud de la posición ecuatoriana, y en
consonancia con estos argumentos,
confía en que el Reino Unido ofrecerá lo antes posible
las garantías o el salvoconducto
necesarios y pertinentes a la situación del asilado, de
tal manera que sus Gobiernos
puedan honrar con sus actos la fidelidad que le deben al
derecho y a las instituciones
internacionales que ambas naciones han contribuido a
forjar a lo largo de su historia
común.
También confía en mantener inalterables los excelentes
lazos de amistad y respeto
mutuo que unen al Ecuador y al Reino Unido y a sus
respectivos pueblos, empeñados
como están en la promoción y defensa de los mismos
principios y valores, y por cuanto
comparten similares preocupaciones acerca de la
democracia, la paz, el Buen Vivir, que
sólo son posibles si se respetan los derechos
fundamentales de todos.
jueves, 16 de agosto de 2012
El Empleo
Por Santiago Bou Grasso
Cortometraje de animación
"El hecho que el ser humano sea ajeno al producto de su trabajo tiene como consecuencia inmediata que el ser humano se hace ajeno al ser humano."
Karl Marx
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miércoles, 15 de agosto de 2012
Las tarifas que paga Qatar para sobornar a los funcionarios sirios
El soborno del millón |
El
embajador de Siria en Nouakchott, capital de Mauritania, ha rechazado la oferta
del embajador catarí para romper con el Gobierno del presidente sirio Bashsar
al-Asad, según fuentes privadas.
La Embajada de Catar en Mauritania había ofrecido al embajador sirio, Hamad Saed Albni, un salario mensual de 20 mil dólares durante veinte años y la residencia permanente en Doha, capital de Catar, así como un millón de dólares en efectivo.
De acuerdo con las fuentes el embajador sirio consideró la oferta como una clara interferencia en los asuntos de Siria y alertó a su homólogo catarí respecto a este tipo de acciones inescrupulosas.
Respecto al tema algunos medios regionales han manifestado que Arabia Saudí ha formado un grupo para obligar a las autoridades sirias a romper con el gobierno sirio, con promesas de dinero y propiedades, con el fin de aumentar la presión respecto al presidente sirio Bashsar al-Asad.
Arabia Saudí, junto a Catar, Turquía, Estados Unidos, el régimen de Israel y algunos Estados europeos son considerados países que apoyan a los opositores armados en Siria.
Siria, desde mediados de marzo de 2011, vive una ola de violencia, organizada y financiada por países extranjeros, que tratan de presentar al Gobierno de Damasco como el causante de la crisis, cuyo único fin es allanar el terreno para una intervención militar extranjera.
Fuente: HispanTV
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Siria
Otoño caliente
A
la zona euro le espera “un otoño caliente”
ENLACE: Actualidad RT Economía
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martes, 14 de agosto de 2012
No nos vamos, nos echan!
"Si acabas una carrera, en España tienes 3 salidas: Por tierra, mar o aire" |
El paro juvenil ronda el 50% y, de los jóvenes que trabajan, más
del 60% tiene contratos precarios. Estas estadísticas no tienen en cuenta
el trabajo encubierto que suponen las prácticas universitarias o las
de FP. La situación de la juventud de este país es cada día más
insostenible. Muestra de ello es que en los últimos trimestres las tendencias
migratorias se han revertido, y actualmente somos más quienes abandonamos el
país que quienes entran.
No nos estamos yendo, sino que nos están echando. Las últimas medidas en
materia laboral empeoran aún más nuestra situación. Los dictados de la
patronal, el FMI y el BCE, acatados sin rechistar por los partidos del
R€gimen, posibilitan que estemos trabajando durante años por sueldos de
miseria mientras el paro sigue aumentando. Desde agosto de 2010 podemos
encadenar contratos temporales consecutivamente. El 19 de Noviembre entró
en vigor el “contrato” de aprendiz, que permite trabajar a jornada
completa por 423 euros, sin derecho a paro, para los menores de 25 años. Tras
lanzar el globo sonda de los miniempleos, ahora vemos cómo, patronal y
CCOO-UGT, pactan una moderación salarial que supone una pérdida de poder
adquisitivo del 1,5% hasta 2014.
Las políticas de austeridad son la segunda pata sobre la que
reposa nuestra precaria situación. Las medidas de reducción del gasto
público, además de impedir el crecimiento económico y aumentar el paro,
nos ahogan en una espiral de privatizaciones y recortes que hipotecan el
futuro de nuestra generación. La degradación de la educación, las
pensiones y el sistema sanitario empeoran aún más nuestras nuestras
condiciones materiales y nuestras expectativas laborales.
Mientras tanto, aquellos que han provocado la crisis y que ahora promueven
la austeridad, siguen obteniendo altísimos beneficios, viajando en primera
clase o desahuciando a las mismas familias que previamente engañaron con
la hipoteca. No somos las de abajo quienes vivimos por encima de sus
posibilidades.
No somos los culpables de la crisis y sabemos que hay
alternativas. La redistribución del trabajo mediante la reducción de la
jornada laboral, el alquiler social universal, los impuestos a los ricos y a
las SICAV, el control de la evasión fiscal, la reducción del gasto militar
y de las subvenciones a la iglesia, o la auditoría social de la deuda, son
sólo algunas medidas que se están proponiendo en la calle y que
el Régimen se niega a escuchar. Por el contrario, el PP$O€ ha demostrado
tener fe ciega en los dictados de Merkel, el BCE, el FMI, la CEOE y los
mercados financieros.
No es suficiente con indignarse, tenemos que empezar a
actuar. La situación que han provocado nos deja pocas alternativas. La
salida individual pasa, en muchos casos, por abandonar el país. Sin
embargo, dado que se trata de un problema colectivo, la verdadera
solución sólo puede pasar por rebelarse, organizarse y empezar a revertir
la situación. Contra los recortes, movilización. Contra la
precariedad, auto-organización en los centros de trabajo. Contra el paro,
cooperativas y economía social. Las de abajo somos más. Unidas y
organizadas podemos resistir y construir la alternativa.
NO DEJES QUE TE ECHEN, ÉCHALOS TÚ A ELLOS.
"Nos quieren en precario, nos tendrán en rebeldía. Seguimos
sin miedo"
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Paro
Gordillo: “Lo de España no es un rescate, es un secuestro como la copa de un pino”
Juan Manuel Sánchez Gordillo ha afirmado este lunes que
estaría dispuesto a renunciar a los “privilegios” que le otorga su condición de
aforado, pero para ello no se plantea dejar su acta en el Parlamento de
Andalucía.
El diputado andaluz de Izquierda Unida, alcalde de
Marinaleda y líder del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) ha explicado que
su renuncia viene motivada porque no quiere “ninguna protección ni red” ante la
Justicia por las acciones que ha llevado a cabo, refiriéndose a la
“expropiación forzosa” de un supermercado de Écija (Sevilla) la semana pasada.
Ha argumentado que está siendo fiel al juramento que hizo
cuando tomó posesión de su acta de diputado en la Cámara andaluza y en la que
expresó su compromiso de “defender al pueblo, a los trabajadores y subvertir el
orden establecido del capitalismo”. En este sentido, ha insistido en que no le
importa que lo detengan, como le ha sucedido en muchas ocasiones, ni en ir a la
cárcel porque es “consciente” de lo que hace, que, en su opinión, no es delito
porque “los robos son los que hacen los bancos”.
Mientras, desde el otro lado de la trinchera, el
vicesecretario de Organización y Electoral del PP, Carlos Floriano, afirmado
que se le está haciendo “un flaco favor a las familias y a la solidaridad” con
asaltos a los supermercados ha pedido que se le aplique a Gordillo “la ley al
igual que a todos los que agredieron a los trabajadores del supermercado o
participaron en el robo”.
Pero Gordillo ha vuelto a defender las acciones porque “no
son violentas” sino que el objetivo es llamar la atención para abrir una
reflexión sobre la necesidad de que en España haya una renta básica para los
parados que les aseguren unas condiciones mínimas de subsistencia. De esta
forma, ha avanzado que repetirán este tipo de acciones y que no tiene miedo a
ser detenido por ello. “Que me dicen: ‘te van a detener’… Que me detengan. No
quiero usar mi condición de aforado para nada. Aquí públicamente renuncio y si
me quieren meter en la cárcel, para mi será un honor, que se enteren de una
puñetera vez”
Fuente: LibreRed
Fuente: LibreRed
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lunes, 13 de agosto de 2012
¿Cuánto dinero ocultan los multimillonarios por todo el mundo?
Los fondos ocultos por la élite de ricos equivale al PIB de Estados
Unidos y Japón juntos
Mientras Europa y el resto del mundo vive una profunda
crisis económica y busca medidas para sobrevivir, se publica un estudio que
revela los secretos de enriquecimiento de los multimillonarios. Las lagunas
fiscales fronterizas han permitido a los multimillonarios de todo el mundo
ocultar alrededor de 13 billones de libras, lo que equivale a 21 billones de
dólares. Pero esa cifra surge tras una estimación conservadora, ya que la cifra
real podría llegar hasta los 32 billones de dólares, aseguran los economistas.
El estudio fue elaborado para el organismo independiente Tax Justice Network,
cuya política está dirigida contra la evasión fiscal, y posteriormente
publicado en la revista británica The Observer. Para hacer un análisis profundo
los economistas sacaron los datos de varias fuentes, incluso del Fondo
Monetario Internacional (FMI). Según el impulsor de la investigación, el
economista James Henry, el dinero oculto por la élite de multimillonarios
equivale al PIB de Estados Unidos y Japón juntos. Estos fondos
salieron de varios países por todo el planeta y a través de los bancos privados
fueron transferidos a cuentas de bancos en Suiza o en las islas Caimán. En el
marco de la investigación aparece la lista de estos bancos, entre los cuales
figura el banco Credit Suisse y el UBS, ambos de Suiza, además del banco
norteamericano Goldman Sachs, basado en las inversiones. El estudio apunta
que la mayoría del dinero que salió de los países en desarrollo desde la década
de los años setenta para enriquecer a un grupo de personas sería suficiente
para pagar la deuda de esos países a otros estados.
Fuente: Actualidad RT Economía
Fuente: Actualidad RT Economía
Por que siempre pagamos los de siempre?
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Crisis,
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Distribución de riquezas,
Paraisos fiscales
domingo, 12 de agosto de 2012
Esclavitud 3.0
http://precarios.org/article226 |
La precariedad laboral siempre ha existido tanto en nuestro
país como en el resto. Por ello, la estratificación del empleo es uno de los
rasgos que ha caracterizado, de una manera más punzante, el desarrollo de las
sociedades capitalistas. Sin embargo, lo que acaece en nuestros días, por lo
que concierne a esta temática, parece mostrar un viraje novedoso a este
desarrollo capitalista que anteriormente se apuntó. Veamos en qué consiste.
Desde hace varios años, se postuló la ley, tanto en España
como en múltiples países, donde se regularizaba el conocido contrato de
Prácticas o de Formación. Con él lo que se anhelaba era inocular al joven
estudiante de último curso al mercado laboral, por un lado, y, por el otro, que
éste adquiriese la suficiente experiencia como para, ulteriormente, si era
menester para la empresa, poderlo contratar en condición de asalariado, con su
consiguiente regularización contractual. Ahora bien, este vínculo de prácticas
tenía una duración determinada (en derredor de las 300 horas, aproximadamente).
Lo que sucede, como en un ingente número de cuestiones
vitales, es que una idea con ciertas dosis de positividad, en una primera
instancia, pasa a pervertirse en un postrer momento, producto de la picaresca o
necesidad que tanto nos caracterizan a los españoles. Digo esto ya que, si uno
echa un vistazo, por curiosidad o necesidad, a las diferentes ofertas laborales
que aparecen en distintas páginas especializadas, se advierte que esta oferta
contractual prolifera por doquier, pero con la peculiaridad de que se altera la
limitación de horas a materializar. Expresado en otros términos, las diversas
empresas pretenden contratar mano de obra barata, apelando a un presunto
criterio de convenio de prácticas, a cambio de verse eximidos de todas las
obligaciones contractuales que correspondes. Sólo es necesario mirar alguna que
otra oferta para ver casos tan disparatados del calibre de trabajar las 40
horas semanales, durante seis meses, con un salario de 200 o 400 euros, como
máximo.
Con ello, entre las múltiples consecuencias que se podrían
apuntar aquí, se volatiliza la ilusión de una gran masa de alumnados que, en
sus últimos años de carrera, quieren dar sus primeros pasos laborales en los
ámbitos que se están especializando. La razón de ello es evidente: una vez
finaliza la relación de prácticas, el periodo de explotación, no tienen ninguna
posibilidad de continuar en la empresa.
Pero más preocupante si cabe es la nueva lógica esclavista
que se está instaurando en nuestro mercado laboral. Hay casos en los cuales las
prácticas no son ni remuneradas, sino que es el propio alumno quien debe pagar,
con su correspondiente matriculación al máster o posgrado de turno, por
materializar dichas prácticas. Dicho de otra manera, se llega a pagar para
poder trabajar en aquello que a uno le gusta, durante un periodo temporal
prefijado. Pero, como apuntaba muy bien Ortega y Gasset, todo fenómeno que se
precie a un análisis minucioso, tiene un anverso y un reverso. Y si el anverso
es este coste del alumno, para poder desenvolverse laboralmente en aquello que
le gusta, por corto tiempo, el reverso es que la empresa se ahorra los gastos
correspondientes a una/s contratación /es –salario, seguridad social…-. Como
siempre, como en el ilustre juego, el empresario-emprendedor gana, y el
‘asalariado’ es derrotado.
Pues bien, es a esta dinámica perversa el horizonte en el
que nos está conduciendo el desarrollo del capitalismo. Es a esta nueva forma
de esclavitud, donde las cadenas ya nos son de hierro, sino que están forjadas
por las dosis de falsa ilusión, que los presuntos emprendedores introyectan a
nuestros jóvenes. Son unos grilletes cuyo amarro se gesta en el engaño y la
perversión.
Oriol Alonso Cano / Docente de Filosofía y
Epistemología en la UOC e Investigador de la Facultad de Filosofía de la
Universidad de Barcelona.
Fuente: LibreRed
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