sábado, 9 de junio de 2012

Deuda Odiosa


Deuda odiosa, deuda execrable o deuda ilegítima, en Derecho internacional, es la teoría jurídica, puesta en práctica numerosas veces a lo largo de la historia, que sostiene que la deuda externa de un gobierno contraída, creada y utilizada contra los intereses de los ciudadanos del país , no tiene por qué ser pagada y por tanto no es exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe, a sabiendas, y por tanto dichos contratos —bonos o contratos comerciales— son nulos legalmente. En todo caso, tales deudas podrían considerarse personales debiendo responder quienes las hayan contraído a título personal —sea el monarca, el presidente, el director del banco central nacional o los ministros correspondientes— y no el Estado en su conjunto y por tanto los ciudadanos. En algunos aspectos, el concepto es análogo a la nulidad de los contratos firmados bajo coacción.
Esta doctrina está presente en la discusión sobre la obligación de pago de la deuda externa en aquellos países donde han existido dictaduras, monarquías absolutas, gobiernos no representativos e incluso gobiernos elegidos democráticamente que han contraído deudas a espaldas a sus ciudadanos, sin su consentimiento y con fines de enriquecimiento personal, enriquecimiento corporativo, para la represión social y política y, en todo caso, contra los intereses de los propios ciudadanos.
Organizaciones como ATTAC reclaman la realización de auditorías de la deuda pública de cada estado miembro de la Comunidad Europea así como la reestructuración de la deuda y la cesación inmediata de toda deuda pública dolosa, ilegítima u odiosa. Además demandan un acuerdo que obligue al BCE a emitir a bajo precio para cualquier estado que lo necesite para sanear su deuda pública legítima y la armonización fiscal en toda la zona euro: descenso de impuestos indirectos y un incremento de los impuestos directos y progresivos, especialmente a las rentas del trabajo más altas y a las rentas del capital, tanto empresariales como mobiliario e inmobiliario, instauración del impuesto a las transacciones financieras especulativas (ITF) y erradicación de los paraísos fiscales (PPFF) en Europa y prohibición de cualquier transacción financiera y/o productiva con cualquiera de los restantes en el mundo.
(ATTAC, Ecologistas en acción) promueven desde 2011 una auditoria de la deuda externa de España para poder establecer que parte de ella puede considerarse deuda ilegítima.
Fuente: Wikipedia

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