Deuda odiosa, deuda execrable o deuda
ilegítima, en Derecho internacional, es la teoría jurídica, puesta en
práctica numerosas veces a lo largo de la historia, que sostiene que la deuda
externa de un gobierno contraída, creada y utilizada contra los intereses de
los ciudadanos del país , no tiene por qué ser pagada y por tanto no es
exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fe, a
sabiendas, y por tanto dichos contratos —bonos o contratos comerciales— son
nulos legalmente. En todo caso, tales deudas podrían considerarse personales
debiendo responder quienes las hayan contraído a título personal —sea el
monarca, el presidente, el director del banco central nacional o los ministros
correspondientes— y no el Estado en su conjunto y por tanto los ciudadanos. En
algunos aspectos, el concepto es análogo a la nulidad de los contratos firmados
bajo coacción.
Esta doctrina está presente en la discusión sobre la
obligación de pago de la deuda externa en aquellos países donde han existido dictaduras,
monarquías absolutas, gobiernos no representativos e incluso gobiernos elegidos democráticamente que han contraído deudas a
espaldas a sus ciudadanos, sin su consentimiento y con fines de
enriquecimiento personal, enriquecimiento corporativo, para la represión social
y política y, en todo caso, contra los intereses de los propios ciudadanos.
Organizaciones como ATTAC reclaman la realización
de auditorías de la deuda pública de cada estado miembro de
la Comunidad Europea así como la reestructuración de la deuda y la
cesación inmediata de toda deuda pública dolosa, ilegítima u odiosa. Además
demandan un acuerdo que obligue al BCE a emitir a bajo precio para cualquier
estado que lo necesite para sanear su deuda pública legítima y la armonización
fiscal en toda la zona euro: descenso de impuestos indirectos y un
incremento de los impuestos directos y progresivos, especialmente a
las rentas del trabajo más
altas y a las rentas del capital, tanto empresariales como mobiliario e
inmobiliario, instauración del impuesto a las transacciones financieras
especulativas (ITF) y erradicación de los paraísos fiscales (PPFF) en Europa y
prohibición de cualquier transacción financiera y/o productiva con
cualquiera de los restantes en el mundo.
(ATTAC, Ecologistas en acción) promueven desde 2011 una
auditoria de la deuda externa de España para poder establecer que parte de ella
puede considerarse deuda ilegítima.
Fuente: Wikipedia
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